miércoles, 21 de mayo de 2008

LOS ACUERDOS REPARATORIOS




Los acuerdos reparatorios se encuentran establecidos en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal Venezonalo. Sengún el cual, un Juez podrá, desde la fase preparatoria aprobar acuerdos reparatorios entre el imputado y la victima. Es importante destacar que toda persona tiene derecho a solicitar solicitar un acuerdo reparatorio y el mismo se podrá hacer efectivo siempre y cuando la victima lo acepte, es decir. que este de acuerdo en recibir el pago por dicho arreglo, el cual consiste en indemnizar a la victima monetariamente por el daño ocasionado. Para que este tipo de arreglo es necesario que el imputado no tenga acuerdos reparatorios recientes, ya que para celebrar un acuerdo reparatorio deben por lo menos haber transcurrido tres (3) años para poder celebrar un nuevo acurdo reparatorio.


Estos arreglos son favorables al imputado porque después de efectuado con el consentimiento del Juez, el reo recobrará su libertad y la victima recibe una cantidad de dinero por el resarcimiento del daño. Se pueden realizar acuerdos cuando los daños sean contra la propiedad y contra las personas pero en forma leve.


Aunque según mi parecer, el daño psicológico permanece, ya que la victima tendrá en su memoria los suscesos tal como ocurrieron. Estos acuerdos reparatorios tiene de positivo que las carceles no se abarrotan de personas que al reparar sus errores, pueden estar gozando de libertad sin necesidad de purgar una condena, lo cual es una innovación que se dió con la puesta en vigencia del actual Código Orgánico Procesal Penal, que vino a reemplazar al Código de Enjuciamiento Criminal, el cual era ya casi obsoleto por lo que hacia que el mismo no se ajustará a la realidad venzolana.


El Código Orgánico Procesal Penal está adecuado a la realidad en la que vivimos y se ajusta a las dimenciones humanas, aunque a pesar de todo, sería necesario que se mantenga una cosntante adecuación y modificación del mismo según como va evolucionado la sociedad venezolana. Ya que por ejempo la realidad carcelaria en este país es aún muy precaría y se necesita más ayuda gubernamental para hacer de los centros penitenciarios, verdaderos centros de rehabilitación que permitan a los delincuentes al cumplir sus condenas, ser personas de bien que puedan se aceptados por la sociedad sin ningún tipo de discriminación o etiqueta. Es necesario que dichos centros contengan más sitios de esparcimiento y de enseñanza, donde el reo logre adquirir un Arte u Oficio que le sirva para su vida futura cuando cumpla con su condena y que al salir a mundo real, se pueda integrar facilmetne a la sociedad como un Ciudadano más con un nuevo horizonte, teniedo para ofrecer a su familia una mejor calidad de vida, teniendo claro que su paso por la carcel le sirvió para ser un mejor ser humano y no un ser resentido que salga lleno de odio a cobrarle a la sociedad sus frustraciones.


Esperemos que en un futuro no muy lejano, podamos mejorar el sistema de retenes y carceles que hoy día tiene nuestro país, pues todos esperamos un país mejor, lleno de buenos ciudadanos que engrandezcan el nombre de Venezuela en el exterior. Un Hermoso País, el Mejor de todos....






ANA MARITZA FERNÁNDEZ GÓMEZ

No hay comentarios: